Modelo 720: bienes en el extranjero que deben declarar los residentes en España
Qué es el Modelo 720 y por qué existe
El Modelo 720 es la declaración informativa de bienes y derechos situados en el extranjero que deben presentar anualmente los residentes fiscales en España que posean activos en el exterior cuyo valor conjunto supere los 50.000 euros por cada una de las tres categorías de bienes establecidas. Es, junto con el Modelo 721 de criptomonedas, una de las obligaciones de información más relevantes y controvertidas para los extranjeros que se establecen en España con patrimonio en el exterior.
El Modelo 720 fue introducido por la Ley 7/2012 con el objetivo declarado de combatir el fraude fiscal vinculado al ocultamiento de patrimonio en el extranjero. Sin embargo, su régimen sancionador original —con multas desproporcionadas— fue declarado contrario al Derecho de la UE por el Tribunal de Justicia de la UE en enero de 2022, lo que obligó a España a reformar el régimen sancionador.
Quién está obligado a presentar el Modelo 720
Están obligados a presentar el Modelo 720 los residentes fiscales en España que tengan bienes o derechos situados en el extranjero valorados conjuntamente en más de 50.000 euros en alguna de las siguientes tres categorías:
- Categoría 1: Cuentas en entidades financieras en el extranjero. Saldos en cuentas bancarias, de ahorro, a plazo, de crédito y similares, abiertas en bancos o entidades financieras situados fuera de España. Se informa del saldo a 31 de diciembre y del saldo medio del último trimestre del año.
- Categoría 2: Valores, derechos, seguros y rentas depositados en el extranjero. Acciones de empresas extranjeras, fondos de inversión extranjeros, derechos sobre planes de pensiones extranjeros, seguros de vida o invalidez contratados con aseguradoras extranjeras, rentas vitalicias constituidas en el extranjero.
- Categoría 3: Inmuebles y derechos sobre inmuebles en el extranjero. Propiedades inmobiliarias situadas fuera de España, incluyendo los derechos reales sobre las mismas (usufructo, derecho de superficie).
Cuándo hay que declarar: el umbral de 50.000 euros
La obligación de declarar nace cuando el valor conjunto de los bienes y derechos en alguna de las tres categorías supera los 50.000 euros a 31 de diciembre del ejercicio. Cada categoría tiene su propio umbral de 50.000 euros: si las cuentas bancarias suman 60.000 euros pero los valores en el extranjero suman solo 30.000 euros, habrá que declarar la Categoría 1 pero no la Categoría 2.
Plazo de presentación del Modelo 720
El Modelo 720 debe presentarse entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la declaración. No existe posibilidad de pago: es una declaración informativa sin cuota tributaria asociada. Solo se presenta telemáticamente, a través de la Sede Electrónica de la AEAT, mediante certificado digital o Cl@ve.
Cuándo no hay que presentar el Modelo 720
No existe obligación de presentar el Modelo 720 cuando:
- El valor de los bienes en cada categoría no supera los 50.000 euros.
- Cuando ya se presentó en años anteriores y el valor de los bienes no ha aumentado en más de 20.000 euros respecto al último ejercicio declarado y no se han producido incorporaciones o cancelaciones de bienes en la categoría.
- Cuando los bienes son titulados por personas jurídicas (sociedades): solo afecta a personas físicas residentes fiscales en España.
Las consecuencias del incumplimiento tras la reforma de 2022
Tras la sentencia del TJUE y la reforma de la Ley 5/2022, el régimen sancionador del Modelo 720 fue profundamente reformado. Las sanciones por no presentar o presentar incorrectamente el Modelo 720 son ahora las sanciones generales del régimen de infracciones formales de la LGT: 200 euros por dato omitido o incorrecto, con un mínimo de 250 euros y un máximo de 10.000 euros. Las sanciones anteriores —que podían ascender al 150% del valor del bien no declarado— quedaron suprimidas.
Si acaba de establecer su residencia fiscal en España y tiene bienes en el extranjero, en Permiso de Residencia España le asesoramos sobre la obligación de presentar el Modelo 720 y gestionamos su presentación. Contáctenos en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831.
Conclusión
El Modelo 720 es la gran obligación de información que aguarda a los extranjeros que se establecen en España con patrimonio en el exterior. Contar bancarias, valores, inmuebles y seguros en el extranjero por encima de 50.000 euros por categoría deben declararse antes del 31 de marzo. Tras la reforma de 2022, el régimen sancionador es más proporcional, pero la obligación de declarar sigue siendo plenamente vigente.
