Seguridad Social para extranjeros en España: afiliación, cotización y prestaciones
El sistema de Seguridad Social español para extranjeros
El sistema de Seguridad Social español protege a todos los trabajadores que desarrollan su actividad profesional en territorio español, independientemente de su nacionalidad y de si son residentes o no residentes. El principio de territorialidad que rige la Seguridad Social española (lex loci laboris) establece que quien trabaja en España cotiza en España, salvo las excepciones previstas en los reglamentos europeos o en los convenios bilaterales de Seguridad Social firmados por España.
Afiliación y alta en la Seguridad Social
Todo trabajador extranjero que inicie una actividad laboral en España debe ser dado de alta en la Seguridad Social antes del comienzo de la prestación de servicios:
- Trabajadores por cuenta ajena: el alta la tramita el empleador ante la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). El empleador es responsable de realizar el alta correctamente y en el plazo previsto.
- Trabajadores por cuenta propia (autónomos): el propio trabajador debe darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) antes del inicio de la actividad. Para los extranjeros, el alta en el RETA requiere tener autorización de trabajo por cuenta propia o ser ciudadano de la UE/EEE.
Cuotas de Seguridad Social en 2026
Las cuotas de Seguridad Social se calculan sobre la base de cotización, que equivale al salario bruto (con ciertos ajustes). El tipo de cotización se distribuye entre empleador y trabajador:
- Contingencias comunes (pensiones, incapacidad temporal, maternidad/paternidad): 28,3% total (23,6% empleador + 4,7% trabajador).
- Desempleo: 7,05% (5,5% empleador + 1,55% trabajador) en contratos indefinidos.
- FOGASA: 0,2% (empleador).
- Formación profesional: 0,7% (0,6% empleador + 0,1% trabajador).
El coste total de Seguridad Social para el empleador supone aproximadamente el 30-33% del salario bruto del trabajador. Para el trabajador, la cuota de Seguridad Social supone entre el 6,35% y el 6,5% de su salario bruto.
Prestaciones del sistema: qué cubre la Seguridad Social española
- Asistencia sanitaria: acceso a la sanidad pública española para el trabajador y sus familiares a cargo.
- Incapacidad temporal: prestación por enfermedad o accidente que impide trabajar, desde el cuarto día de baja laboral.
- Maternidad y paternidad: 16 semanas para cada progenitor.
- Desempleo: prestación contributiva para trabajadores por cuenta ajena que pierden su empleo, siempre que hayan cotizado al menos 360 días en los últimos seis años.
- Jubilación: pensión de jubilación contributiva, cuya cuantía depende de los años cotizados y de las bases de cotización.
- Incapacidad permanente y muerte y supervivencia: pensiones de incapacidad y viudedad/orfandad.
Coordinación internacional de la Seguridad Social
Dentro de la UE/EEE
El Reglamento (CE) 883/2004 coordina los sistemas de Seguridad Social de los Estados miembros de la UE. Establece que un trabajador solo cotiza en un sistema a la vez (principio de unicidad) y que los períodos de cotización en diferentes países de la UE se totalizan para calcular el derecho a pensiones y otras prestaciones. Un trabajador que ha cotizado 10 años en Alemania y 15 en España tendrá en cuenta todos esos años para el cálculo de su pensión española.
Con países fuera de la UE
España ha firmado convenios bilaterales de Seguridad Social con numerosos países extracomunitarios (EE.UU., Canadá, Australia, México, Brasil, Argentina, Chile, Colombia, Marruecos, entre otros). Estos convenios permiten igualmente la totalización de períodos de cotización y evitan la doble cotización cuando un trabajador está temporalmente desplazado.
El certificado A1: Seguridad Social para trabajadores desplazados
Cuando un empleado es desplazado temporalmente a otro país de la UE, puede mantener su cobertura en el sistema de Seguridad Social de su país de origen mediante el certificado A1. Este certificado, emitido por la Seguridad Social del país de origen, acredita que el trabajador sigue cotizando en su país durante el período de desplazamiento y que no debe cotizar en el país de destino.
En Permiso de Residencia España asesoramos a empleados extranjeros y a empresas sobre la afiliación a la Seguridad Social española, la obtención del certificado A1 y la coordinación con sistemas de Seguridad Social de otros países. Contáctenos en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831.
Conclusión
La Seguridad Social española protege a todos los trabajadores en territorio español con independencia de su nacionalidad. La coordinación internacional —tanto dentro de la UE como con países extracomunitarios con convenio— garantiza que los períodos cotizados en distintos países computen a efectos de pensiones y prestaciones, evitando la pérdida de derechos sociales por los trabajadores que desarrollan su carrera en varios países.
