IRNR en España: guía completa del Impuesto sobre la Renta de No Residentes
El IRNR: el impuesto de los no residentes en España
El Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) es el tributo que grava las rentas obtenidas en España por personas físicas y entidades que no tienen su residencia fiscal en el país. Su regulación está recogida en el Texto Refundido de la Ley del IRNR (Real Decreto Legislativo 5/2004) y su Reglamento. Para la gran mayoría de los inversores internacionales que tienen activos o relaciones económicas en España sin residir en el país, el IRNR es el impuesto central de su vida fiscal española.
Rendimientos del trabajo de fuente española
Los rendimientos del trabajo obtenidos por un no residente de un empleador en España tributan en el IRNR. El tipo aplicable depende de la residencia del trabajador:
- Residentes en la UE/EEE: tipo del 19%, con posibilidad de deducir los gastos directamente relacionados con el trabajo.
- Resto de países: tipo del 24% sobre el rendimiento bruto.
La empresa española que paga el salario al no residente está obligada a practicar retención e ingresarla en la AEAT. El trabajador no residente debe presentar el Modelo 210 para declarar el rendimiento si el pagador no ha practicado retención o si ha practicado una retención insuficiente.
Rendimientos del capital inmobiliario: alquileres
Los alquileres de inmuebles en España percibidos por no residentes son rentas de fuente española sujetas al IRNR. Los tipos son los mismos que para rendimientos del trabajo: 19% (UE/EEE, pudiendo deducir gastos) o 24% (resto, sobre brutos). La declaración se presenta trimestralmente mediante el Modelo 210.
Rendimientos del capital mobiliario: dividendos e intereses
- Dividendos de sociedades españolas: retención del 19%, reducible por CDI.
- Intereses de cuentas bancarias en España: 19%, reducible por CDI. Exentos para residentes en la UE/EEE conforme al artículo 14.1.c) LIRNR.
- Intereses de deuda pública española: exentos para no residentes sin EP.
Ganancias patrimoniales
- Venta de inmuebles en España: 19% sobre la ganancia neta. El comprador retiene el 3% del precio de compra como pago a cuenta (Modelo 211).
- Venta de acciones de sociedades españolas: potencialmente exentas para residentes en países con CDI o en la UE/EEE si la participación es inferior al 25% (artículo 14.1.c) LIRNR).
- Venta de participaciones en fondos de inversión españoles: potencialmente exentas (artículo 14.1.c) LIRNR) si se aplica la exención de ganancias patrimoniales sin EP.
El Modelo 210: la declaración del IRNR
El Modelo 210 es el formulario genérico de declaración del IRNR para personas físicas y entidades no residentes sin establecimiento permanente. Sus usos más frecuentes son:
- Declaración de alquileres (trimestral o anual).
- Declaración de ganancias patrimoniales por venta de inmuebles (en los 3 meses posteriores a la venta).
- Solicitud de devolución de retenciones en exceso.
- Declaración de imputación de renta inmobiliaria por inmuebles no alquilados.
El Modelo 210 se presenta exclusivamente por vía telemática en la Sede Electrónica de la AEAT. Los no residentes que no tienen certificado digital español pueden presentarlo a través de un representante fiscal con poderes de representación en España.
En Permiso de Residencia España actuamos como representantes fiscales de no residentes ante la AEAT y gestionamos la presentación del Modelo 210 del IRNR para todo tipo de rentas de fuente española. Contáctenos en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831.
Conclusión
El IRNR es el marco fiscal fundamental para cualquier persona que no reside en España pero obtiene rentas de fuente española. Los tipos varían según el tipo de renta y el país de residencia del contribuyente, y los CDI pueden reducirlos significativamente. El Modelo 210 es el instrumento central de liquidación, y contar con un representante fiscal en España es prácticamente imprescindible para gestionarlo con seguridad.
