Reagrupación familiar en España: quién puede reagruparse, requisitos y documentación

Qué es la reagrupación familiar y a quién permite traer a España

El derecho a la reagrupación familiar permite al extranjero que reside legalmente en España —el reagrupante— reunir en España a sus familiares directos que residen en el extranjero. Está regulado en la Ley Orgánica 4/2000 (Ley de Extranjería) y en el Real Decreto 557/2011 (Reglamento de Extranjería).

Los familiares que pueden ser reagrupados son:

  • Cónyuge o pareja de hecho registrada, siempre que no esté separado de hecho o de derecho y el matrimonio no se haya contraído en fraude de ley.
  • Hijos del reagrupante y de su cónyuge, incluidos los adoptados, menores de 18 años o mayores con discapacidad que no puedan proveer su propia subsistencia.
  • Hijos del cónyuge reagrupado menores de 18 años o con discapacidad, cuando el cónyuge tenga la patria potestad y viva con ellos.
  • Ascendientes del reagrupante o de su cónyuge (padres o suegros), cuando dependan económicamente de ellos y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar su residencia en España. Este supuesto está limitado a reagrupantes con residencia de larga duración.

Requisitos que debe cumplir el reagrupante

  • Llevar al menos un año de residencia legal en España y contar con autorización para residir al menos otro año más.
  • Disponer de alojamiento adecuado para atender las necesidades propias y las de su familia reagrupada. La Administración puede solicitar un informe de habitabilidad.
  • Disponer de medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia: para reagrupar al cónyuge y un hijo, se exige normalmente el 150% del IPREM mensual; por cada familiar adicional, un 50% más del IPREM.
  • No tener antecedentes penales en España ni en el extranjero por delitos existentes en el ordenamiento español.

Documentación necesaria

  • Formulario de solicitud (EX-02).
  • Pasaporte en vigor del reagrupante.
  • Tarjeta de residencia o autorización de residencia del reagrupante en vigor.
  • Libro de familia, certificado de matrimonio o documentos que acrediten el vínculo familiar, debidamente apostillados y traducidos al español.
  • Documentación que acredite los medios económicos: nóminas, contratos de trabajo, declaración del IRPF, extractos bancarios.
  • Documentación del alojamiento: contrato de arrendamiento o escritura de propiedad, y en su caso informe de habitabilidad.
  • Para los familiares reagrupados: pasaporte en vigor y certificado de antecedentes penales apostillado.

Procedimiento y plazos

La solicitud de reagrupación familiar se presenta ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde reside el reagrupante. El plazo legal de resolución es de tres meses. Si la solicitud es estimada, los familiares reagrupados deben solicitar el visado de residencia por reagrupación familiar en el consulado español de su país de origen en el plazo de dos meses desde la notificación de la autorización. Una vez en España con el visado, deben tramitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en el plazo de un mes.

Derechos de los familiares reagrupados

Los familiares reagrupados obtienen una autorización de residencia vinculada a la del reagrupante (misma vigencia). El cónyuge mayor de edad y los hijos mayores de 16 años pueden también solicitar autorización de trabajo si lo desean. Tras cinco años de residencia legal en España, los familiares reagrupados pueden solicitar la residencia de larga duración por derecho propio, independientemente de la situación del reagrupante.

Cómo podemos ayudarle

En Permiso de Residencia España gestionamos el proceso completo de reagrupación familiar: análisis de requisitos, preparación de toda la documentación, presentación de la solicitud y seguimiento hasta la obtención de las autorizaciones para todos los miembros de la familia. Contacte con nosotros en Contacto@LRB.es o en el +34 684 234 831.

Conclusión

La reagrupación familiar es el derecho que permite a los extranjeros residentes en España vivir con su familia. El proceso requiere cumplir requisitos económicos y de alojamiento precisos y presentar una documentación completa y correctamente apostillada. Una gestión profesional del proceso reduce significativamente los tiempos de tramitación y los riesgos de denegación.

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