Expulsión de extranjeros en España: causas, procedimiento y cómo recurrir la orden de expulsión
La expulsión de extranjeros en España: causas y procedimiento
La expulsión del territorio nacional es la medida más grave que puede adoptar la Administración de extranjería española contra un ciudadano extranjero. Está regulada en los artículos 53 a 58 de la Ley Orgánica 4/2000 (LOEx) y en sus artículos de desarrollo reglamentario. La expulsión no es automática: requiere la incoación de un expediente administrativo con garantías de audiencia y defensa, y puede recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa. La ejecución de la expulsión está sujeta a límites derivados del derecho a la vida privada y familiar, los convenios internacionales de derechos humanos y el derecho de la UE.
Causas de expulsión establecidas en la LOEx
Las infracciones muy graves que pueden dar lugar a la expulsión incluyen:
- Encontrarse irregularmente en territorio español (artículo 53.1.a), aunque esta causa solo puede dar lugar a expulsión cuando existen circunstancias agravantes; la irregularidad simple no justifica automáticamente la expulsión si hay arraigo familiar o social.
- Participar en actividades contrarias al orden público o a la seguridad nacional o interior.
- Haber sido condenado por delito doloso de más de un año de prisión, o por varios delitos en España o en el extranjero.
- Participar en actividades de tráfico de seres humanos, narcotráfico, blanqueo de capitales o terrorismo.
- No presentarse en las oficinas de la Administración de extranjería cuando hayan sido requeridos.
El procedimiento de expulsión: el expediente administrativo
El procedimiento de expulsión se inicia con la incoación del expediente por la Delegación o Subdelegación del Gobierno de la provincia donde se encuentra el extranjero. El expediente debe notificarse al interesado con indicación de los hechos que se le imputan y concediéndole un plazo para formular alegaciones y proponer prueba. El extranjero tiene derecho a asistencia letrada (abogado de oficio si no puede pagarlo) e intérprete desde el inicio del procedimiento.
La resolución del expediente puede ser:
- Expulsión con prohibición de entrada por un período de entre uno y diez años, dependiendo de la gravedad de la infracción.
- Archivo del expediente si no se acredita la infracción o si existen circunstancias que impidan la expulsión (arraigo familiar, hijos menores en España, enfermedad grave, etc.).
- Sustitución de la expulsión por multa en infracciones leves.
Los límites a la expulsión: el arraigo y la vida familiar
El Tribunal de Justicia de la UE y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos han establecido una doctrina consolidada sobre los límites de la expulsión de extranjeros cuando existe vida familiar establecida en el país de acogida. El artículo 8 del Convenio Europeo de Derechos Humanos (derecho a la vida privada y familiar) puede impedir la expulsión cuando la persona tiene cónyuge o hijos en el país, llevan muchos años residiendo, los hijos solo conocen España como hogar, o cuando la persona tiene integración laboral y social sólida.
Los tribunales españoles han anulado órdenes de expulsión en múltiples casos apelando al artículo 8 CEDH, especialmente cuando la expulsión afectaba a progenitores de menores de nacionalidad española, a personas con larga residencia en España y a personas con enfermedad grave cuyo tratamiento no está disponible en el país de origen.
La prohibición de entrada: duración y efectos
La expulsión lleva aparejada habitualmente una prohibición de entrada en España y en el espacio Schengen por el período que determine la resolución. Durante la vigencia de la prohibición de entrada, la persona expulsada no puede solicitar ni obtener ningún visado para entrar en ningún país del espacio Schengen. La prohibición puede cancelarse anticipadamente si concurren circunstancias sobrevenidas que lo justifiquen (reagrupación familiar, nueva relación laboral, etc.), mediante la solicitud de levantamiento ante el Ministerio del Interior.
Para defensa en procedimientos de expulsión y recursos contra resoluciones de expulsión, en LRB Tax & Legal disponemos de especialistas en extranjería con experiencia en la interposición de recursos contencioso-administrativos contra expulsiones. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.
Conclusión
La expulsión requiere expediente administrativo con garantías de audiencia y defensa. Las causas incluyen la situación irregular (no siempre justifica la expulsión), condenas penales y actividades contrarias al orden público. El artículo 8 CEDH (vida familiar) limita la expulsión cuando hay familia establecida en España. La prohibición de entrada puede durar hasta diez años y afecta a todo el espacio Schengen. La defensa especializada en extranjería es imprescindible desde el inicio del expediente.
