Expulsión y devolución de extranjeros en España: tipos, garantías, CIE y cómo recurrir la resolución
Las expulsiones y devoluciones de extranjeros: tipos y derechos del afectado
La expulsión y la devolución son las dos figuras principales mediante las que la Administración española puede ordenar la salida forzosa del territorio de un ciudadano extranjero. Aunque en el lenguaje coloquial se usa el término «expulsión» para referirse a cualquier medida de este tipo, en el ordenamiento jurídico español existen distintas figuras con procedimientos, garantías y consecuencias diferentes. Conocer la diferencia es fundamental para defender correctamente los derechos del afectado.
La expulsión: el procedimiento más garantista
La expulsión es la medida sancionadora que puede adoptarse contra un extranjero que ha incurrido en alguna de las infracciones muy graves tipificadas en la LOEx: encontrarse en situación irregular, haber sido condenado penalmente por delito en España, haber ocultado datos en la solicitud de autorización, participar en actividades contrarias al orden público o la seguridad nacional, etc.
La expulsión debe tramitarse mediante un expediente administrativo sancionador en el que el afectado tiene plenas garantías: derecho a conocer los hechos que se le imputan, derecho a ser asistido por abogado (gratuito si no tiene medios económicos), derecho a intérprete si no comprende el español, derecho a formular alegaciones y a proponer pruebas. El expediente de expulsión puede durar meses y su resolución puede recurrirse ante los juzgados de lo contencioso-administrativo.
La resolución de expulsión lleva aparejada una prohibición de entrada en España por un período mínimo de cinco años (que puede ser inferior si se dan ciertas circunstancias atenuantes o hasta diez años en casos graves). La prohibición puede anotarse en el Sistema de Información Schengen (SIS II) e impedir la entrada a toda el área Schengen.
La devolución: sin expediente previo
La devolución es una medida más expeditiva que puede aplicarse sin necesidad de un expediente administrativo previo en determinados supuestos:
- Extranjeros que intentan entrar en España ilegalmente y son interceptados en la frontera o en los puestos fronterizos antes de la entrada efectiva.
- Extranjeros que han sido expulsados con anterioridad y pretenden entrar en España durante el período de prohibición.
La devolución se ejecuta con mayor rapidez que la expulsión, pero el afectado tiene igualmente derecho a asistencia letrada gratuita, a intérprete y a que se examine si podría ser solicitante de protección internacional. Si el afectado manifiesta querer solicitar asilo, la devolución no puede ejecutarse mientras se tramita la admisión a trámite de la solicitud de protección internacional.
El internamiento en CIE: cuándo es posible
Cuando existe riesgo de fuga del extranjero durante la tramitación del expediente de expulsión, la Administración puede solicitar al juez autorización para el internamiento en un Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE). El CIE no es una cárcel penitenciaria sino un centro de internamiento civil de carácter administrativo, aunque sus condiciones han sido objeto de críticas por parte de organizaciones de derechos humanos. El período máximo de internamiento es de 60 días. Pasado ese plazo, si la expulsión no se ha ejecutado, el extranjero debe ser puesto en libertad.
Cómo recurrir una expulsión
La resolución de expulsión puede recurrirse mediante:
- Recurso de reposición: ante el propio órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes.
- Recurso contencioso-administrativo: ante el juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la resolución. El recurso puede ir acompañado de una solicitud de medidas cautelares (suspensión de la expulsión) si el afectado puede demostrar que la ejecución inmediata le causaría perjuicios de difícil reparación.
Para la defensa en expedientes de expulsión y la interposición de recursos, en LRB Tax & Legal ofrecemos asesoramiento especializado en la defensa de extranjeros frente a procedimientos de expulsión. Contacto: Contacto@LRB.es / +34 684 234 831.
Conclusión
La expulsión es un procedimiento sancionador con plenas garantías (abogado, intérprete, alegaciones) que lleva prohibición de entrada de al menos cinco años. La devolución es más expeditiva y aplica a quienes intentan entrar ilegalmente o reingresan durante la prohibición. El internamiento en CIE requiere autorización judicial y tiene un máximo de 60 días. Toda expulsión puede recurrirse ante el juzgado contencioso-administrativo con solicitud de medidas cautelares que suspendan la ejecución.
